Impugnar una multa de SUNAFIL en sede administrativa no es la única opción para revertir una sanción impuesta que se puede asumir injusta; ante el pronunciamiento en última instancia administrativa, aún es posible impugnar una sanción ante el Poder Judicial vía proceso contencioso administrativo.
Mediante Resolución N° 676-2024-SUNAFIL/TFL-Primera Sala, el Tribunal de SUNAFIL declaró nulo el procedimiento sancionador recaído en el expediente sancionador 180-2021-SUNAFIL/IRE-ANC, en cumplimiento a la resolución del Poder Judicial producto de la demanda contencioso administrativa interpuesta por la empresa sancionada.
En tal sentido, podemos advertir distintas oportunidades para buscar la nulidad de una sanción por parte de SUNAFIL:
- Ante la imposición de una multa por parte de la Sub Intendencia de SUNAFIL, corresponde la apelación dentro del plazo de 15 días hábiles.
- Ante la resolución de segunda instancia que declare infundada la apelación corresponde el recurso de revisión para ser evaluado por el Tribunal de SUNAFIL.
- Ante la resolución del Tribunal de Fiscalización Laboral declarando infundado el recurso de revisión, corresponde la interposición de una demanda contencioso administrativa.


