Nulidad de multa de SUNAFIL que no analice todas las alegaciones de los administrados

Según resolución del Tribunal de SUNAFIL, las instancias responsables de la tramitación del procedimiento sancionador deben garantizar que la motivación comprenda todas las alegaciones de los administrados, analizando sus fundamentos de hecho y de derecho.

Este es un error común en las resoluciones administrativas que imponen sanciones a las empresas y que no suele advertirse correctamente, sin embargo, es motivo de nulidad de la multa impuesta, la cual debe ser alegada mediante recurso impugnatorio.

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En ese sentido, se declaro la nulidad de multa impuesta por SUNAFIL por vulneración al debido procedimiento por no motivar adecuadamente la sanción a la empleadora.

Fundamento destacado

“6.17 En ese entendido, es imperativo recalcar que las instancias del sistema responsables de la tramitación del procedimiento administrativo sancionador deben garantizar que la motivación comprenda todas las alegaciones de los administrados, analizando sus fundamentos de hecho y de derecho; así como sustentando adecuadamente la aplicación, interpretación o integración normativa que corresponda a la absolución de cada una de las alegaciones planteadas, conforme a los precedentes o jurisprudencia constitucionalmente establecidos.”

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