Para que no te demanden: 5 términos prohibidos con tus Locadores de Servicios

Cuando una empresa es demandada por un trabajador que le reclama el pago de beneficios laborales, podemos observar que, en muchos casos, se trata de locadores de servicios, que al ser tratados erróneamente como trabajadores, terminan adquiriendo beneficios propios de un vínculo laboral.

Para que esto no le suceda a tu empresa, aquí te damos 5 recomendaciones

1. Trabajo

En vez de eso mejor utiliza:

Servicio

Un locador de Servicios no realiza un trabajo, sino que presta un servicio. Usar el término trabajo puede llevar a confusiones y a reclamar beneficios laborales a futuro.

2. Horario de trabajo.

En vez de eso mejor señalar:

Tiempo de entrega del producto

Los locadores no están sujetos a un horario de trabajo, el imponerlo puede llevar a la desnaturalización del contrato y que éste sea visto como un contrato de trabajo en vez de uno civil.

3. Cargo o puesto.

Un locador de servicios no puede tener un cargo o puesto dentro de la empresa, de lo contrario se le está tratando como un trabajador y le corresponderán beneficios laborales.

4. Liquidación.

En vez de eso mejor indicar:

Pago por los servicios prestados.

La liquidación comprende el pago de beneficios laborales no pagados al trabajador. Un locador de servicios no recibe beneficios laborales.

5. Certificado de Trabajo

En vez de eso debes señalar:

Constancia de prestación de servicios

Además, se debe evitar términos erróneos en esta constancia, como señalar las palabras: “labores”, “puntualidad” y otras que demuestren un vínculo laboral.

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