Contenido obligatorio del Registro de control de asistencia

Uno de los principales documentos que te va a pedir SUNAFIL en una inspección laboral es el registro de control de asistencia de tus trabajadores, y un mal registro o la omisión de éste conllevará probablemente al inicio de un procedimiento sancionador y posterior imposición de una multa.

A fin de despejar dudas, ponemos en su conocimiento el contenido obligatorio del registro de control de asistencia de acuerdo al DS 004-2006-TR.

“Artículo 2.- Contenido del registro

El registro contiene la siguiente información mínima:

– Nombre, denominación o razón social del empleador.

– Número de Registro Único de Contribuyentes del empleador.

– Nombre y número del documento obligatorio de identidad del trabajador.

– Fecha, hora y minutos del ingreso y salida de la jornada de trabajo.

– Las horas y minutos de permanencia fuera de la jornada de trabajo.”

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