Uno de los principales documentos que te va a pedir SUNAFIL en una inspección laboral es el registro de control de asistencia de tus trabajadores, y un mal registro o la omisión de éste conllevará probablemente al inicio de un procedimiento sancionador y posterior imposición de una multa.
A fin de despejar dudas, ponemos en su conocimiento el contenido obligatorio del registro de control de asistencia de acuerdo al DS 004-2006-TR.
“Artículo 2.- Contenido del registro
El registro contiene la siguiente información mínima:
– Nombre, denominación o razón social del empleador.
– Número de Registro Único de Contribuyentes del empleador.
– Nombre y número del documento obligatorio de identidad del trabajador.
– Fecha, hora y minutos del ingreso y salida de la jornada de trabajo.
– Las horas y minutos de permanencia fuera de la jornada de trabajo.”


