Decreto Supremo N.º 015-2026-TR, publicado el 28/09/2026 en El Peruano.
Aplica a trabajadores del régimen laboral de la actividad privada.
Lo esencial
- Aumento total: S/ 170, que lleva la RMV de S/ 1,130 a S/ 1,300. Se aplica en dos tramos.
- Primer tramo: +S/ 100. La RMV es S/ 1,230 desde el 1 de octubre de 2026.
- Segundo tramo: +S/ 70, para llegar a S/ 1,300. Todavía no está vigente. Requiere otro decreto supremo, que se emitirá en el primer semestre de 2027. Por ahora no tiene fecha.
- Origen: consenso tripartito en la Sesión Extraordinaria N.º 49 del CNTPE, del 03/09/2026.
Qué cambia en planilla desde octubre
- Sueldos mínimos: todo trabajador a tiempo completo que gane menos de S/ 1,230 debe ser ajustado.
- Asignación familiar (10% de la RMV): sube de S/ 113 a S/ 123. Afecta a todos los que la perciben, ganen lo que ganen.
- Jornada nocturna: el piso es RMV + 35%, es decir, S/ 1,660.50.
- Tiempo parcial: el pago proporcional se calcula sobre la nueva base.
- Efecto arrastre: también suben la gratificación de diciembre y la CTS de noviembre para quienes ganan el mínimo.
Riesgo
Pagar por debajo de la RMV vigente es una infracción que SUNAFIL fiscaliza. La planilla de octubre ya debe reflejar los S/ 1,230, aunque se pague a inicios de noviembre.
